viernes, 18 de noviembre de 2011

SOCIALES

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1°. E1 servicio social, es la actividad de carácter obligatorio y temporal que deben realizar los alumnos beneficio de la sociedad.

Artículo 2°. Es de observancia obligatoria la aplicación de la normatividad y los procedimientos, en todos los plan­teles del Colegio, e incorporados.

Artículo 3°. Los alumnos que aspiren a la obtención del certificado de estudios, deberán cumplir satisfactoriamente con la prestación del servicio social.

CAPITULO II
ORGANIZACION Y FUNCIONES
Artículo 4°. La planeación, organización, coordinación, supervisión y control de servicio social en el Colegio de Bachil­leres del Estado de Sinaloa, corresponde a la Dirección de Servicios Educativos por conducto de los órganos creados para tales fines, debiendo cumplir con las siguientes funciones:

I.                   Emitir las normas y procedimientos en la organización y operación de los programas de servicio social.
II.                Promover ante la Dirección General, la celebración de convenios con dependencias gubernamentales y asociaciones civiles que desarrollen programas de bienestar social.
III.             Llevar la estadística de los pres­tadores del servicio social.
IV.              Supervisar el cumplimiento de las normas y procedimientos.
V.                 Tramitar ante la Dirección General las constancias de liberación de servicio social.­
VI.              Elaborar los planes y programas necesarios para la consecución de los objetivos y metas que exija este reglamento.

Artículo 5°. La tarea de supervisar la prestación de servicio social en los planteles y en las dependencias receptoras, cor­responde a las coordinaciones ejecutivas de zona a través del Delegado de Servicios Educativos, quien deberá informar mensualmente sobre el avance de esta ac­tividad a la Dirección de Servicios Educativos.

Artículo 6°. Al inicio de cada ciclo escolar el direc­tor del plantel deberá conformar el comité de servicio social, el cual lo auxiliará en el ejercicio de sus fun­ciones como responsable de servicio social en el plantel.

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